Ciudadanía italiana por residencia
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El extranjero con residencia legal en Italia puede solicitar la concesión de la ciudadanía italiana cuando concurran los requisitos previstos en el art. 9 de la Ley 91/1992. Para los descendientes de ciudadanos italianos por nacimiento, el período de residencia exigido es actualmente de dos años.
Período mínimo de residencia legal
| Categoría | Residencia legal en Italia |
|---|---|
| Descendientes en línea recta de ciudadanos italianos por nacimiento, hasta el segundo grado | 2 años |
| Nacidos en Italia | 3 años |
| Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea | 4 años |
| Apátridas y refugiados | 5 años |
| Mayores de edad adoptados por ciudadano italiano | 5 años posteriores a la adopción |
| Otros ciudadanos extranjeros | 10 años |
Otros requisitos
- Residencia legal y continuada, con inscripción en el registro de población residente (anagrafe).
- Ingresos suficientes en el período de referencia, según los parámetros fijados por el Ministerio del Interior italiano.
- Conocimiento de la lengua italiana de nivel no inferior al B1, acreditado por una entidad certificadora reconocida.
- Ausencia de las causas impeditivas previstas por la ley.
Procedimiento
- La solicitud se presenta por vía telemática a través del portal del Ministerio del Interior italiano y es instruida por la prefectura competente.
- El procedimiento debe concluir en el plazo de 24 meses, prorrogables hasta 36 meses (art. 9-ter de la Ley 91/1992).
- Se abona la tasa de 250 € prevista en el art. 9-bis de la Ley 91/1992.
El referéndum de junio de 2025
El referéndum derogatorio de los días 8 y 9 de junio de 2025, dirigido a reducir de diez a cinco años el período de residencia exigido a los extranjeros, no alcanzó el quórum de validez: el requisito de diez años se ha mantenido sin cambios.
Actuaciones del Despacho
El Despacho verifica la concurrencia de los requisitos, obtiene la documentación del Estado de origen con apostilla y traducción, prepara y presenta la solicitud y sigue el procedimiento ante la prefectura hasta el juramento. A petición del interesado se remite un presupuesto detallado y sin compromiso.
Vías para obtener la ciudadanía italiana
Fuentes: Ley 91/1992, arts. 9, 9.1, 9-bis, 9-ter (texto vigente, art. 9 letra a modificada por la Ley 74/2025) · D.Lgs. 251/2007, art. 16 · Ministerio del Interior italiano, portal ALI Cittadinanza. Contenido de carácter informativo, actualizado a septiembre de 2026.



