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Inscripción en el AIRE

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El Registro de los italianos residentes en el extranjero (AIRE) inscribe a los ciudadanos italianos que residen de forma estable fuera de Italia. La inscripción es una obligación legal y constituye el presupuesto para obtener del consulado el pasaporte, la carta de identidad y los demás servicios consulares. El Despacho gestiona la inscripción y sus posteriores actualizaciones.

Obligación de inscripción

El ciudadano italiano que traslada su residencia al extranjero por un periodo superior a doce meses está obligado a inscribirse en el AIRE en el plazo de 90 días desde el traslado (art. 6 Ley 470/1988). La inscripción es gratuita.

Sanción por falta de inscripción

Desde el 1 de enero de 2024, la falta de inscripción se castiga con una sanción administrativa de 200 a 1.000 € por cada año sin inscripción, con un máximo de cinco años (art. 1, apdo. 242, Ley 213/2023). La sanción la impone el Comune y no se aplica a los periodos anteriores al 1 de enero de 2024.

Procedimiento

  • La solicitud se presenta ante el consulado competente a través del portal FAST IT.
  • Se exige acreditar la residencia en la circunscripción consular (en España, por regla general, mediante el certificado de empadronamiento).
  • El consulado remite la solicitud al Comune italiano, que procede a la inscripción y a la baja en el registro de la población residente.

Actualización de los datos

El inscrito debe comunicar al consulado toda variación del domicilio en el extranjero y del estado civil. La falta de actualización de la dirección puede dar lugar a la baja por paradero desconocido e impide, entre otras cosas, la recepción del material electoral. El Despacho gestiona también las variaciones de domicilio y de estado civil.

Documentación necesaria

  • Pasaporte o carta de identidad italiana en vigor.
  • Indicación del Comune italiano de origen, de nacimiento o de última residencia.
  • Acreditación de la residencia en el extranjero con fecha no anterior a tres meses.
  • Documentos de los demás miembros de la unidad familiar.
  • Formulario de inscripción, preparado por el Despacho; registro en el portal FAST IT, si no se hubiera efectuado ya.

Plazos

Orientativamente, de tres a seis meses, en función del consulado competente.

Costes

El Despacho remite un presupuesto detallado y sin compromiso para la inscripción o para el servicio de seguimiento de una inscripción ya presentada.

Trámites consulares

Fuentes: Ley 470/1988, art. 6 · Ley 1228/1954, art. 11 · Ley 213/2023, art. 1, apdo. 242 · Ley 11/2026, art. 3 · Páginas informativas de los consulados de Italia en materia de AIRE. Contenido de carácter informativo, actualizado a septiembre de 2026.

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