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NIE y certificado de registro UE

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El ciudadano italiano que reside en España durante más de tres meses está obligado a inscribirse en el Registro Central de Extranjeros y a obtener el certificado de registro de ciudadano de la Unión, conocido comúnmente como "NIE verde". El Despacho asiste al ciudadano en la verificación de los requisitos y en la presentación de la solicitud.

NIE y certificado de registro: dos documentos distintos

  • NIE (Número de Identidad de Extranjero): es un número de identificación, necesario para las relaciones económicas, profesionales o sociales con España. Se solicita mediante el formulario EX-15 y puede obtenerse también desde el extranjero a través del consulado español.
  • Certificado de registro de ciudadano de la Unión: acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros y es obligatorio para las estancias superiores a tres meses. Se solicita mediante el formulario EX-18 y en él consta también el NIE. Es el documento conocido comúnmente como "NIE verde".

Requisitos para el certificado de registro

Conforme al art. 7 del Real Decreto 240/2007, el ciudadano de la Unión debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España;
  • disponer de recursos económicos suficientes para sí y para sus familiares y de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España;
  • ser estudiante matriculado en un centro reconocido, con seguro de enfermedad y declaración de recursos suficientes;
  • ser familiar de un ciudadano de la Unión que cumpla alguno de los requisitos anteriores.

La suficiencia de los recursos se valora en función de la situación personal del solicitante y no puede fijarse en un importe predeterminado.

Procedimiento

  • La solicitud se presenta personalmente, en el plazo de tres meses desde la entrada en España, ante la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia o, en su defecto, ante la comisaría de la Policía Nacional, previa cita previa.
  • Documentación: formulario EX-18, pasaporte o documento de identidad en vigor, acreditación del requisito declarado y justificante del pago de la tasa.
  • El certificado se expide en el momento de la presentación de la solicitud.

Residencia permanente

Tras cinco años de residencia legal continuada en España, el ciudadano de la Unión puede solicitar el certificado de residencia permanente. La residencia permanente se pierde en caso de ausencia de España superior a dos años consecutivos.

Costes

La tasa oficial (modelo 790, código 012) asciende actualmente a 12 € para el certificado de registro y a 9,84 € para la sola asignación del NIE. El Despacho remite un presupuesto detallado y sin compromiso para la asistencia profesional.

Trámites de extranjería en España

Fuentes: Real Decreto 240/2007, arts. 7 y 10 · Orden PJC/617/2025 · Policía Nacional, fichas sobre el certificado de registro de ciudadano de la Unión y sobre la asignación de NIE · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, hoja informativa n.º 65. Contenido de carácter informativo, actualizado a septiembre de 2026.

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